Conocer si debo emitir comprobantes electrónicos es muy importante, pues esto te permitirá evitar la infracción y de fondo también evitar la multa.
En la actualidad tenemos dos opciones para averiguar la obligatoriedad de la emisión de comprobantes electrónicos de los contribuyentes y son las siguientes:
1.- Mediante la plataforma “CONSULTA DE OBLIGADOS DE COMPROBANTES ELECTRÓNICOS” . Solo debes ingresar tu número RUC.
2.- Revisando los otros supuestos no considerados en el Padrón de Obligados.
🚨 Si te inscribiste en el RUC y te encuentras en el Régimen General, Régimen Especial o Régimen MYPE, recuerda que estás obligado a emitir comprobantes de pago electrónico a partir del primer día del tercer mes siguiente a tu inscripción.
Emisores Electrónicos por Cambio de Régimen
Si en el año 2020 un contribuyente deja de ser NRUS, debe emitir tus comprobantes de manera electrónica, de acuerdo con las siguientes fechas:
- 1 de septiembre del año 2021 - para la emisión de facturas electrónicas y notas electrónicas vinculadas a estas.
- 1 de enero del 2022 - para la emisión de boletas de venta electrónicas o tickets POS y notas electrónicas vinculadas a estos.
Debemos tener en cuenta lo siguiente:
- Si un contribuyente estando obligado a la emisión de comprobantes electrónicos, que pertenecía al RER, RMT y RG en el 2021 y se cambia al RUS para el 2022, seguirá obligado a emitir los comprobantes electrónicos que le permite este nuevo Régimen.
- Si un contribuyente del RUS y se mantiene en RUS, este 2022 aún no está obligado a emitir comprobantes electrónicos.
FAQs
Si tus ingresos anuales son mayores o iguales a 75 UIT o S/ 386,250.00 , debes emitir tus facturas, notas electrónicas, boletas de venta electrónica, ticket POS y notas electrónicas desde el 1 de enero de 2021.
¿Cómo saber si estoy obligado a emitir factura electrónica SUNAT? ›
Están obligados a la emisión de comprobantes de pago electrónicos los contribuyentes personas naturales o personas jurídicas que han sido designados como emisores electrónicos mediante Resolución de Superintendencia emitida por la SUNAT.
¿Cómo saber si un contribuyente está obligado a emitir factura electrónica? ›
¿Quiénes deben facturar electrónicamente? Personas jurídicas que enajenen bienes y/o servicios. Personas naturales que enajenen bienes y/o servicios con ingresos brutos superiores a 3.500 UVT. Personas naturales contratistas del Estado con ingresos brutos superiores a 4.000 UVT.
¿Qué contribuyentes están obligados a emitir facturas electrónicas? ›
Los contribuyentes que generaron ingresos menores a 23 UIT deberán emitir facturas electrónicas a partir del 1 abr 2022 y boletas de venta electrónicas a partir del 1 jun 2022. Descubre cómo emitir CPE desde cualquier lugar y desde cualquier dispositivo.
¿Quién si está obligado a hacer facturas electrónicas y quién no? ›
🤔¿La facturación electrónica es obligatoria? Todos aquellos que expidan factura electrónica de venta, así como notas débito y crédito de acuerdo con la clasificación de la DIAN, están obligados a emitir factura electrónica.
¿Cuál es el monto minimo para emitir una factura en Perú? ›
¿A partir de qué monto estoy obligado a emitir Comprobantes de Pago? A partir de S/ 5 es obligatorio emitir y entregar el comprobante de pago; y si el comprador o el usuario del servicio le pide por menos de ese monto, también debe hacerlo.
¿Cuando estoy obligado a emitir factura? ›
Los empresarios y profesionales están obligados a expedir factura y copia de ésta por las entregas de bienes y prestaciones de servicios que realicen en desarrollo de su actividad y a conservar copia de la misma.
¿Cuál es el monto minimo para emitir una factura electrónica? ›
Si el valor de la venta sin incluir impuestos es mayor o igual 5 UVT, se debe expedir por obligación Factura Electrónica de Venta.
¿Qué pasa si estoy obligado a facturar electrónicamente y no lo hago? ›
El incumplimiento en la expedición de la Factura Electrónica por parte de los establecimientos obligados, da lugar a sanciones económicas calculadas sobre el 5% de los ingresos operacionales o cierre del establecimiento comercial.
¿Cuál es la norma que obliga a facturar electronicamente? ›
El régimen simple de tributación (incorporado en la Ley 1943 de 2018 y nuevamente incluido, con algunas modificaciones en tarifas, en la Ley 2010 de 2019) está obligado a facturar electrónicamente. La ley lo estableció así.
Si es mayor a S/. 700 soles, deberás indicar el tipo de documento de identidad del cliente y su número correspondiente.
¿Cuando no se está obligado a emitir factura? ›
Cuándo no es obligatorio emitir factura
Si formas parte del régimen especial de recargo de equivalencia, salvo si tienes que vender inmuebles sujetos a IVA. Si formas parte del régimen simplificado de IVA, básicamente, cuando eres autónomo por módulos.
¿Cuántos días después se puede hacer una factura electrónica? ›
Cuando se trate de prestaciones de servicios la transferencia podrá efectuarse dentro de los 10 días corridos anteriores o posteriores a la fecha consignada en el comprobante.
¿Cuántos tipos de factura electrónica existen? ›
En esencia, existen realmente dos tipos de verdadera facturación electrónica que es necesario comprender. Facturación electrónica con o sin cumplimiento. Veamos brevemente cada uno de ellos a continuación.
¿Cuál es el monto minimo para hacer una factura? ›
Las facturas no tienen monto mínimo de emisión.
¿Cuál es el monto máximo para emitir una factura electrónica? ›
En el SAT no existe dentro de las disposiciones legales vigentes una disposición que indique un monto máximo o mínimo para elaborar facturas.
¿Cuál es el monto para facturar electronicamente? ›
Son obligados a facturar electrónicamente: las personas jurídicas, los responsables de IVA y de Impuesto Nacional al Consumo, las personas naturales que superen ingresos brutos de 3500 UVT ($133.014. 000 año 2022, $148.442.
¿Qué pasa si no se envía una factura electrónica? ›
El incumplimiento en la expedición de la Factura Electrónica por parte de los establecimientos obligados, da lugar a sanciones económicas calculadas sobre el 5% de los ingresos operacionales o cierre del establecimiento comercial.