Qué pasa si no practico retenciones en la fuente (2024)

Todo agente de retención tiene la obligación de practicar la retención en la fuente por todo pago o abono en cuenta sujeto a retención, y de no hacerlo estando obligado ¿qué sucede?

  • Obligaciones del agente retenedor.
  • Consecuencias de no practicar retenciones en la fuente.
  • Sanción por no practicar retenciones en la fuente.
  • Lo que pasa si no me practican retención en la fuente.
  • Certificado de retención cuando el agente asume la retención sin repetir contra el sujeto pasivo.
  • ¿Qué pasa si no se paga la retención en la fuente?

Obligaciones del agente retenedor.

Todo agente de retención tiene obligaciones fundamentales como practicar la retención y pagarla la Dian. Eso es claro.

Cuando no se practica retenciones existiendo la obligación de hacerlo, se incumple con la primera obligación, que es retener, lo que a su vez lleva a incumplir con la segunda obligación, que es pagar esas retenciones a la Dian.

Lo anterior permite vislumbrar que, si no se practican retenciones, el agente de retención tendrá que responder ante la Dian por los valores no retenidos, como pasamos a explicarlo.

Consecuencias de no practicar retenciones en la fuente.

En este caso como el agente de retención ha dejado de cumplir con una obligación, es natural que deba asumir una consecuencia, que no es exactamente una sanción, sino la obligación de asumir esa retención no practicada, conforme lo establece el artículo 370 del estatuto tributario:

«No realizada la retención o percepción, el agente responderá por la suma que está obligado a retener o percibir, sin perjuicio de su derecho de reembolso contra el contribuyente, cuando aquél satisfa*ga la obligación. Las sanciones o multas impuestas al agente por el incumplimiento de sus deberes serán de su exclusiva responsabilidad.»

El agente retenedor tendrá que responder por las retenciones no practicadas, de suerte que tendrá que declararlas y pagarlas, y si es el caso, pagar los intereses que resulten pertinentes siempre con la posibilidad de cobrar al sujeto pasivo la retención dejada de practicar, pero sólo podrá cobrar el valor dejado de retener más no los intereses moratorios que el agente de retención pudiera haber pagado como consecuencia de no practicar las retenciones en el periodo que correspondía.

De otra parte, la omisión de agente de retención implica una responsabilidad penal según el artículo 402 del código penal.

Qué pasa si no practico retenciones en la fuente (1)

Omisión de agente retenedor.Hasta 108 meses de cárcel para quienes no paguen el Iva recaudado y las retenciones en la fuente practicadas.

Quien esté obligado a retener y no lo haga, incurre en tal delito como lo señala el inciso 3 del referido articulo:

«El agente retenedor o el responsable del impuesto sobre las ventas o el impuesto nacional al consumo que omita la obligación de cobrar y recaudar estos impuestos, estando obligado a ello, incurrirá en la misma pena prevista en este artículo.»

La consecuencia es tanto económica como penal, por lo que es preciso asegurarse de practicar las retenciones cuando haya lugar a ello.

Qué pasa si no practico retenciones en la fuente (2)

Agentes de retención en la fuente.Personas naturales o empresas que deben actuar como agentes de retención en renta, Iva e Ica.

Sanción por no practicar retenciones en la fuente.

Aparte de la responsabilidad económica no existe una sanción específica para el agente retenedor que deja de practicar una retención, pero es posible que implique una sanción por corrección en algunos casos.

Qué pasa si no practico retenciones en la fuente (3)

Sanción por corrección.Sanciones que se deben pagar al corregir una declaración, y casos en que no se debe pagar sanción por corregir.

Por ejemplo, si durante el mes de enero el agente de retención no aplicó una retención y se entera de ello en marzo cuando ya ha presentado la declaración de retención del mes de enero, tendrá que corregir la declaración de retención en la fuente del mes de enero para incluir las retenciones que debía aplicar, y ello supone la necesidad de liquidar y pagar lasanción por corrección.

Lo que pasa si no me practican retención en la fuente.

En cuanto al sujeto pasivo al que debieron practicarle retención en la fuente y no lo hicieron, sencillamente no podrá imputar en su declaración las retenciones no practicadas, por la sencilla razón de que si no se practicaron no podrá existir un certificado de retenciones que es necesario para soportar las retenciones que se imputen en la respectiva declaración de renta o Iva, según corresponda.

Si posterior al hecho el sujeto pasivo reembolsa al agente de retención el dinero de la retención, entonces la retención se habrá practicado y el agente retenedor tendrá la obligación de expedir el respectivo certificado.

Certificado de retención cuando el agente asume la retención sin repetir contra el sujeto pasivo.

Cuando el agente de retención no efectúa la retención en la fuente, debe responder por ella, es decir, debe declararlas y pagarlas, pero tiene la posibilidad de repetir contra el sujeto pasivo a quien no le efectuó la retención.

¿En tal caso debe expedir certificados de retención en la fuente?

Qué pasa si no practico retenciones en la fuente (4)

Certificado de retención en la fuente.Todo agente de retención debe expedir los certificados de las retenciones practicadas con los requisitos de ley.

En nuestro criterio no (aunque la Dian opina que sí), porque en realidad no ha existido una retención en la fuente, puesto que el sujeto pasivo no vio disminuido su pago, ni realizó ningún pago anticipado de su impuesto.

Lo que ha sucedido es que el agente de retención como consecuencia de su omisión debió responder por esa omisión con recursos propios que no tienen por qué beneficiar a un tercero que no ha aportada nada al fisco de forma anticipada como lo pretende la ley.

¿Por qué el sujeto pasivo debería descontar una retención que nunca le practicaron? Efectivamente la Dian o el estado se verá beneficiado con unas retenciones que luego nadie podrá descontarse, pero ello es tan injusto como que el sujeto pasivo se descuente algo que nunca pagó.

En este caso lo que el agente de retenciones podrá hacer es condicionar la expedición el certificado de retenciones a que el sujeto pasivo le reembolse el dinero de las retenciones, y en tal caso sí es válida la expedición del certificado porque el sujeto pasivo finalmente terminó aportando lo que persigue la ley.

Es evidente que el agente de retenciones no debe expedir un certificado por unas retenciones que no practicó.

¿Qué pasa si no se paga la retención en la fuente?

Si se practica la retención en la fuente y no se paga, la declaración de retención en la fuente se considera ineficaz como se explica en el siguiente artículo.

Qué pasa si no practico retenciones en la fuente (5)

Ineficacia de las declaraciones de retención en la fuente sin pago total.Requisitos y condiciones para que una declaración de retención en la fuente presentada si pago quede sin efectos legales.

Ello implica el pago de sanción por extemporaneidad e intereses moratorios, y además, el agente de retención se expone a una acción penal por el delito de omisión de agente de retención de acuerdo al artículo 402 del código penal.

La consecuencia de practicar las retenciones y no pagarlas, es la misma que no practicarlas, incluso penalmente al tenor del inciso tercero del artículo 402 del código penal.

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Qué pasa si no practico retenciones en la fuente (2024)

FAQs

¿Qué pasa si no se practica retencion en la fuente? ›

Cuando no se practica retención en la fuente, la responsabilidad es exclusiva del agente de retenedor o autorretenedor, sin perjuicio de las acciones que puede iniciar el agente de retención contra el contribuyente por el valor no retenido en su oportunidad.

¿Qué pasa si no hago la retencion? ›

«No realizada la retención o percepción, el agente responderá por la suma que está obligado a retener o percibir, sin perjuicio de su derecho de reembolso contra el contribuyente, cuando aquél satisfa*ga la obligación.

¿Qué pasa si no realizó retencion? ›

b. MULTAS. El Art. 45 de la Ley de Procedimiento Fiscal establece una multa del 100% del impuesto dejado de retener y, si hubiera reincidencia en la conducta, la misma se eleva al 200%.

¿Qué pasa si no se presenta la declaración de retención en la fuente? ›

641 E.T.): El obligado que presente la declaración de forma extemporánea, deberá liquidar y pagar una sanción por cada mes o fracción de mes calendario de retardo, equivalente al 5 % del total del impuesto a cargo, sin exceder del 100 % del impuesto.

¿Cómo saber si tengo que hacer retencion en la fuente? ›

El artículo 383 del Estatuto Tributario señala que los empleadores deben practicar una retención en la fuente a los trabajadores que perciban más de 95 UVT al mes y, dado que esta medida se fijó en $42.412 para el 2023, se debe practicar la retención a los trabajadores cuya remuneración es de $4.029. 140 o más.

¿Cuándo se debe practicar la retencion en la fuente? ›

Esta se da cuando hay una transacción entre una persona, entidad o empresa que paga por un bien o un servicio. Por ejemplo, en el momento de pagar un salario el empleador está teniendo una retención en la fuente respecto al ingreso del trabajador.

¿Quién debe pagar la retención en la fuente? ›

De acuerdo con la Dian, quienes están obligados a realizar la declaración mensual de retención en la fuente son las personas o empresas clasificadas como agentes de retención.

¿Cuánto tiempo tengo para corregir una declaración de retencion en la fuente? ›

dispone que el declarante podrá modificar la declaración dentro de los dos años siguientes al vencimiento del término para declarar y antes de que se haya notificado requerimiento especial o pliego de cargos.

¿Cómo se aplica la retención en la fuente ejemplos? ›

Por regla general la base de retención es el valor de la operación, es decir, el valor de la venta del producto o del servicio. Así, cuando el valor de la venta es de $1.000. 000 y la tarifa de retención es del 10%, por ejemplo, la retención en la fuente es de $100.000.

¿Cuánto tiempo tengo para declarar un comprobante de retencion? ›

La retención deberá ser entregada sin deducción alguna en el mismo período tributario en el que se efectúe la adquisición de bienes o de servicios, dentro del plazo que establece el Art. 94 de la Ley del IVA, es decir dentro de los primeros 10 días hábiles del período tributario siguiente, a aquel que se declara.

¿Quién está obligado a retener en la fuente? ›

Entre ellos se destacan, por ejemplo, entidades de derecho público, los fondos de inversión, los fondos de valores, los fondos de pensiones de jubilación e invalidez, sucesiones ilíquidas, entre otros. También son agentes de retención los empleadores y las personas naturales que tengan la calidad de comerciantes.

¿Puede un empleador meterse en problemas por no retener impuestos federales? ›

La División de Impuestos lleva a cabo litigios civiles para prohibir a los empleadores que no cumplen con sus obligaciones tributarias sobre el empleo y cobrar los montos pendientes evaluados contra entidades y personas responsables.

¿Qué entidades no están sometidas a la retención en la fuente por renta? ›

Por un lado, no están sometidas a retención en la fuente o autorretención en la fuente a título del impuesto sobre la renta las empresas: (i) admitidas a un proceso de reorganización empresarial, o (ii) que hayan celebrado un acuerdo de reorganización y se encuentren ejecutándolo.

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